Micelio
Auto8 de noviembre de 2023

A- de 2023

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Balanta Nuñez Edinson·Demandado Universidad Del Valle

Tema · dato duro
Demanda Promovida Por Un Trabajador Oficial Que Busca La Aplicación De Un Derecho Derivado De Una Convención Colectiva De Trabajo.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Conflictos que se originen en el contrato de trabajo de trabajador oficial
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 8 Laboral del Circuito de Cali y el Juzgado 20 Administrativo Mixto del Circuito de Cali.

La controversia se suscita por demanda ordinaria laboral iniciada por una ciudadana en contra de la Universidad del Valle y el Sindicato Nacional de Trabajadores y Empleados Universitarios de Colombia (SINTRAUNICOL) –, a través de la cual pretende que se declare la ineficacia e inaplicación del acuerdo extraconvencional del 11 de junio de 2001 entre SINTRAUNICOL y la Universidad del Valle, se reconozca que el demandante tiene derecho a las prestaciones sociales extralegales y a la nivelación del salario de conformidad con la convención colectiva de la que el acuerdo extraconvencional lo excluyó; y se le paguen las sumas correspondientes.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena reitera la regla de decisión del Auto 872 de 2021, según la cual, la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, es la competente para conocer un proceso laboral promovido por un trabajador oficial, hecho último que se constata no solo con la naturaleza del vínculo laboral y las funciones que desempeña, sino también, con el hecho de buscar la aplicación de un derecho derivado de una convención colectiva de trabajo.

En consecuencia, la Corte decide remitir el expediente al Juzgado 8 Laboral del Circuito de Cali, para que proceda con lo de su competencia y comunique esta decisión a los interesados y al Juzgado 20 Administrativo Mixto del Circuito de Cali.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 8 Laboral del Circuito de Cali y el Juzgado 20 Administrativo Mixto del Circuito de Cali, en el sentido de DECLARAR que la jurisdicción ordinaria laboral, representada por el Juzgado 8 Laboral del Circuito de Cali, es la competente para conocer de la demanda que presentó Edinson Balanta Núñez contra la Universidad del Valle y el Sindicato Nacional de Trabajadores y Empleados Universitarios de Colombia -como vinculado-.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-4381 al Juzgado 8 Laboral del Circuito de Cali, para que proceda con lo de su competencia y comunique esta decisión a los interesados y al Juzgado 20 Administrativo Mixto del Circuito de Cali.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.